Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados plantea introducir cambios en la Ley N° 1334/98 de Defensa del Consumidor y del Usuario, con modificaciones al artículo 2 y ampliaciones de los artículos 28, 30 y 44. La propuesta apunta a reforzar las herramientas disponibles cuando un consumidor enfrenta condiciones contractuales que limitan sus posibilidades de reclamar o defenderse.
Contratos con condiciones fijadas por una sola parte
Uno de los puntos señalados en la propuesta está relacionado con los contratos de adhesión, donde las condiciones son definidas previamente por empresas o proveedores y el cliente tiene escaso margen para modificarlas.
Entre las situaciones contempladas aparecen cláusulas que obligan a resolver conflictos en lugares alejados del domicilio del consumidor, una condición que puede representar mayores costos y dificultades para iniciar un reclamo.
El planteamiento también incluye casos relacionados con la negativa injustificada a recibir pagos, además de mecanismos contractuales o judiciales que puedan dificultar el ejercicio del derecho a la defensa.
Cláusulas que podrían quedar sin efecto
El proyecto establece que sería nula cualquier cláusula, mecanismo o práctica que busque otorgar carácter ejecutivo a un contrato o restringir las defensas disponibles para el consumidor.
La iniciativa pretende evitar que una persona pierda la posibilidad de reclamar debido a condiciones incluidas previamente en un contrato o por procedimientos que vuelvan excesivamente difícil acceder a una instancia judicial.
Conflictos pasarían por la vía ordinaria
Otro de los cambios establece que las controversias originadas en este tipo de contratos deberán tramitarse por la vía ordinaria, con el objetivo de permitir que el consumidor pueda ejercer plenamente su defensa dentro del proceso.
La propuesta fue presentada el 1 de septiembre de 2026 y posteriormente enviada a distintas comisiones de la Cámara de Diputados, donde deberá ser analizada antes de avanzar hacia su tratamiento.

