La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) analiza una modificación legal que permitiría aplicar un IVA reducido del 5% a la tirzepatida, medicamento que actualmente se encuentra exonerado por estar comprendido dentro de productos destinados al tratamiento de la diabetes.
La medida requeriría cambiar la ley
La aplicación del impuesto no podría realizarse únicamente por vía administrativa, ya que sería necesario modificar la legislación vigente que establece la exoneración del IVA para determinados productos vinculados al tratamiento de la diabetes.
Desde la DNIT señalaron que el análisis también considera el uso que actualmente tiene la tirzepatida fuera del tratamiento de la diabetes, especialmente por su utilización vinculada a la reducción de peso.
La recaudación podría llegar hasta USD 30 millones
La administración tributaria calcula que un IVA del 5% aplicado a este producto podría representar entre USD 20 millones y USD 30 millones adicionales en ingresos fiscales. La estimación está vinculada al volumen de comercialización registrado principalmente en Ciudad del Este, Alto Paraná y zonas del norte del país.
DNIT dice que el foco está en revisar exoneraciones
El planteamiento aparece dentro de un análisis más amplio de los beneficios tributarios actualmente vigentes. La DNIT sostiene que la línea de trabajo no pasa por un aumento general de tasas, sino por revisar exenciones y exoneraciones existentes y determinar cuáles deberían mantenerse o modificarse.
Además de la tirzepatida, la administración tributaria trabaja en otros proyectos que podrían generar más de USD 120 millones adicionales en recaudación. Entre ellos figura una reglamentación sobre las reservas empresariales, con una proyección cercana a USD 100 millones, y modificaciones vinculadas a vehículos eléctricos, con un impacto estimado de al menos USD 20 millones hasta fin de año.
También aparece el debate sobre tabaco y bebidas alcohólicas
Dentro de la discusión tributaria también se mencionó la posibilidad de revisar la carga aplicada a productos con externalidades negativas, entre ellos el tabaco y las bebidas alcohólicas, en caso de avanzar con modificaciones sobre otros bienes actualmente alcanzados por beneficios fiscales.

