El Ministerio Público sostuvo durante el juicio que Hernán Rivas utilizó documentación vinculada a un título falso de abogado para acceder a funciones y reconocimientos dentro de instituciones públicas. Este jueves 24 de septiembre, un Tribunal de Sentencia resolvió condenarlo a ocho años de prisión, luego de analizar los hechos presentados durante el proceso.
El tribunal consideró probado el uso de documentos falsos
La condena fue dictada después de más de tres horas y media de deliberación. La Fiscalía había solicitado una pena de 12 años de cárcel, mientras que la defensa pidió la absolución.
Durante la lectura de la sentencia, el tribunal sostuvo que los hechos no quedaron limitados al ámbito personal, sino que tuvieron consecuencias dentro de instituciones públicas y en decisiones vinculadas al ejercicio de funciones oficiales.
Tres documentos estuvieron en el centro de la acusación
El proceso se concentró en tres documentos públicos relacionados con la trayectoria institucional de Rivas.
Uno de ellos fue una resolución de la Cámara de Diputados de 2020 utilizada para una designación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. También fue analizada un acta de la Corte Suprema de Justicia de 2021 vinculada con la obtención de su matrícula profesional.
El tercer documento fue una resolución del Senado de 2023 mediante la cual volvió a ser designado representante ante el JEM.
La condena puede abrir nuevos reclamos dentro del JEM
El fallo también puede generar nuevas discusiones jurídicas sobre las decisiones adoptadas durante el periodo en que Rivas integró y presidió el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Dentro del organismo ya se mencionó la posibilidad de que aparezcan pedidos para revisar determinadas resoluciones en las que participó. Sin embargo, cualquier planteamiento dependerá del avance del proceso judicial y de que la sentencia quede firme una vez agotadas las instancias de apelación.
La defensa había pedido su absolución
Los abogados de Rivas cuestionaron durante el juicio que la acusación no hubiera demostrado con suficiente precisión cuáles fueron las acciones realizadas para obtener la documentación cuestionada.
El tribunal no acompañó ese planteamiento y terminó imponiendo una pena de ocho años de privación de libertad por hechos relacionados con la producción mediata y utilización de documentos públicos de contenido falso.

