Paraguay prohíbe la pesca desde el 2 de noviembre y anuncia controles e incautaciones hasta diciembre y enero según la zona
A partir de las 00:00 del lunes 2 de noviembre de 2026, Paraguay aplicará restricciones a la captura de peces en sus ríos y otros cursos de agua, con plazos que se extenderán hasta el 21 de diciembre de 2026 o el 31 de enero de 2027, dependiendo del área fronteriza. La disposición también alcanza al transporte y la comercialización de productos pesqueros, con excepciones reguladas para actividades de subsistencia y existencias previamente declaradas.
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) oficializó la medida mediante la Resolución N.º 511, correspondiente al periodo 2026-2027. La institución explicó que el objetivo es proteger la reproducción de las especies, mientras prepara operativos conjuntos con la Fuerza Naval, el Ministerio Público y la Policía Nacional.
Desde el 2 de noviembre no se podrá pescar comercialmente ni por deporte
La disposición establece restricciones para las actividades de pesca comercial, deportiva y turística, tanto en aguas interiores como en los tramos fronterizos comprendidos por la normativa.
Durante el periodo de prohibición tampoco estará permitido utilizar equipos o métodos de captura que contravengan la resolución.
La medida contempla controles sobre el traslado de pescado por las rutas y sobre las operaciones de venta que no estén amparadas por las excepciones previstas.
El responsable de la oficina de Pesca del Mades en Ayolas explicó que el traslado de productos pesqueros durante el periodo restringido será uno de los puntos vigilados por las autoridades.
La prohibición terminará en diciembre con Argentina y en enero con Brasil
El calendario establecido para la temporada presenta diferencias según la ubicación de los cursos de agua.
| Zona | Inicio | Finalización |
|---|---|---|
| Aguas interiores y frontera con Argentina | 2 de noviembre de 2026 | 21 de diciembre de 2026 |
| Tramos compartidos con Brasil | 2 de noviembre de 2026 | 31 de enero de 2027 |
La primera disposición comprende los sectores fronterizos de los ríos Paraguay, Paraná y Pilcomayo, además de las aguas interiores del país.
En cambio, la restricción más prolongada corresponde a las aguas compartidas con Brasil, incluyendo el río Apa, un tramo del río Paraguay entre los ríos Negro y Apa y el Alto Paraná hasta el río Yguazú.
Las fechas fueron establecidas considerando los acuerdos de conservación vigentes con ambos países.
Solo se permitirá pescar hasta 5 kilos para consumo de subsistencia
La normativa contempla una excepción para determinados habitantes ribereños que realizan actividades de pesca destinadas a su alimentación.
En estos casos, la captura estará permitida únicamente bajo condiciones específicas:
- Hasta 5 kilogramos diarios por pescador autorizado.
- Uso de caña, anzuelo o lineada.
- Pesca exclusivamente desde la orilla.
- Prohibición de utilizar embarcaciones.
La excepción corresponde a la pesca de subsistencia, por lo que no constituye una autorización general para comercializar las especies capturadas.
También se mantienen restricciones especiales para determinadas variedades de peces.
Surubí, dorado, pacú y manguruyú no podrán capturarse ni para subsistencia
El Mades estableció una protección específica para cuatro especies presentes en los ríos paraguayos.
Durante la temporada restringida, el surubí, el manguruyú, el dorado y el pacú no podrán ser capturados, incluso por personas habilitadas para realizar pesca de subsistencia.
Esto significa que la excepción de los cinco kilogramos diarios no se aplica a estas especies.
El objetivo de la disposición es reducir la extracción durante el periodo reproductivo, considerando las condiciones biológicas de los peces.
Vendedores tendrán 10 días para comercializar el pescado declarado
La medida también afecta a comerciantes, centros de acopio y establecimientos dedicados a la venta de pescado.
En la zona de Ayolas, los negocios que cuenten con existencias previamente declaradas dispondrán de 10 días para comercializar esos productos dentro de las condiciones previstas por la normativa.
Si al finalizar ese periodo todavía mantienen mercaderías sin vender, podrán realizar una segunda declaración para cerrar el inventario.
Este procedimiento permitirá documentar los productos que permanezcan almacenados después del plazo autorizado.
El mecanismo no habilita la captura de nuevos ejemplares durante la prohibición.
Más de 1.200 pescadores registrados en el área de Ayolas
En el área de influencia de Ayolas, departamento de Misiones, existen aproximadamente 1.214 pescadores inscriptos en distintas organizaciones de trabajadores del sector.
El registro también comprende a personas que desarrollan actividades en Yabebyry, San Miguel y Atinguy, en Itapúa.
La suspensión temporal de la pesca comercial alcanzará a estos trabajadores durante el periodo establecido.
La información difundida por el Mades no detalla montos de subsidios ni establece un calendario de pagos de asistencia económica para los pescadores registrados.
Fuerza Naval, Fiscalía y Policía realizarán controles
Para verificar el cumplimiento de la resolución, el Ministerio del Ambiente anunció procedimientos coordinados con otras instituciones del Estado.
Los operativos involucrarán a la Fuerza Naval, el Ministerio Público y la Policía Nacional, con atención especial al transporte y la comercialización de pescado.
Las autoridades podrán desarrollar verificaciones para identificar capturas y traslados realizados fuera de las condiciones permitidas.
El Mades recordó que los incumplimientos pueden derivar en actuaciones legales e incautación de productos pesqueros.
La institución también pidió a los comerciantes y pescadores revisar las condiciones aplicables a sus actividades antes del inicio de las restricciones.
La pesca comercial y deportiva volverá según el calendario de cada frontera
El régimen comenzará el 2 de noviembre y tendrá una duración diferente dependiendo de las aguas donde se desarrolle la actividad.
Para los sectores comprendidos en el calendario general y los tramos compartidos con Argentina, el plazo finalizará el 21 de diciembre de 2026.
En los ríos compartidos con Brasil, las restricciones se prolongarán hasta el 31 de enero de 2027.
Durante ese tiempo, el Mades mantendrá las disposiciones sobre captura, transporte y comercialización, junto con las excepciones establecidas para subsistencia y existencias previamente declaradas.

