
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) comunicó que la asignación familiar que corresponde a los trabajadores quedó fijada en G. 152.200 por cada hijo con derecho al beneficio, luego de la actualización del salario mínimo que comenzó a regir en julio.
El cambio se produce después del reajuste del 5% del salario mínimo, que elevó la remuneración mensual para actividades diversas no especificadas a G. 3.044.000 y el jornal mínimo a G. 117.077.
La normativa establece que todo trabajador puede recibir una asignación familiar equivalente al 5% del salario mínimo por cada hijo menor de 17 años.
El beneficio también se aplica sin límite de edad cuando el hijo posee una discapacidad, siempre que se cumplan las condiciones exigidas para acceder al pago.
Este monto debe ser abonado por las empresas a sus trabajadores dependientes y se suma a la remuneración correspondiente.

El derecho a cobrar la bonificación comienza desde el momento en que el trabajador comunica por escrito al empleador la existencia del hijo que reúne las condiciones para acceder al beneficio.
También debe presentar el certificado de nacimiento correspondiente, documento utilizado para acreditar el vínculo y habilitar el pago de la asignación familiar.
La actualización del salario mínimo no solamente cambia el sueldo mensual de los trabajadores. También modifica pagos, multas, beneficios y otros valores que se calculan tomando como referencia el salario o el jornal mínimo.