El Poder Ejecutivo presentó la Ley 7.444/24, según información oficial, con el objetivo de modificar las disposiciones vigentes para el sector de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
La ley incluye incentivos y exoneraciones para promover la formalización de estas empresas.
Una de las principales novedades es la creación de la cédula mipymes, que permitirá a las empresas clasificarse como micro, pequeñas o medianas según el número de empleados y la facturación anual.
Estas categorías estarán sujetas a reglamentaciones específicas del Ministerio de Industria y Comercio.
El documento será otorgado por el Viceministerio de Mipymes al momento de la inscripción al Registro Único de Contribuyentes (RUC) y deberá ser actualizado cada año.
Este proceso determinará si una empresa puede cambiar de categoría o ser excluida de los beneficios establecidos.
Las empresas que obtengan la cédula mipymes tendrán acceso a exoneraciones fiscales y descuentos.
Por un periodo de tres años, estarán exentas de tributos obligatorios vinculados a sus actividades económicas y recibirán descuentos de entre el 50% y 75% en tasas de organismos estatales, municipalidades y gobernaciones, así como del Poder Judicial.
La normativa también introduce ajustes en los contratos laborales. Las micro y pequeñas empresas podrán implementar contratos de trabajo a plazo fijo, con una duración máxima de 12 meses y prorrogables hasta 36 meses.
Al finalizar este periodo, no habrá obligación de preaviso ni indemnización, salvo en casos de despido injustificado, que dará lugar a las compensaciones establecidas por la legislación laboral vigente.
Asimismo, las microempresas podrán pagar un salario equivalente al 80% del salario mínimo legal después de los primeros 36 meses de obtener la cédula mipymes.