
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reglamentó el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración de los Registros Administrativos (Siara) mediante la Resolución MEF N.º 337. La medida determina los procedimientos, documentos requeridos y fechas que deberán cumplir las organizaciones alcanzadas por las leyes N.º 6446/2019 y N.º 7363/2024.
La disposición incluye a las organizaciones sin fines de lucro sujetas a la normativa y establece que sus comunicaciones y rendiciones deberán gestionarse a través de la plataforma digital habilitada por la cartera económica.
La resolución aprueba los formularios que las organizaciones deberán utilizar para presentar sus cuentas. Estos documentos podrán encontrarse en el módulo de Transparencia y Rendición de Cuentas del Siara, junto con un instructivo para completar cada apartado.
La reglamentación también define qué información deberán comunicar las entidades, los pasos operativos para cumplir con las obligaciones y las condiciones aplicables a organizaciones constituidas en el extranjero que se encuentren comprendidas dentro de la legislación paraguaya.

Las organizaciones que declararon estar alcanzadas por la Ley N.º 7363/2024 deberán utilizar el Siara durante el ejercicio 2026. La primera rendición de cuentas abarcará el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026.
El plazo para presentar esa documentación se extenderá hasta el 30 de junio de 2027. La primera publicación dentro del módulo de transparencia comprenderá el mismo periodo, pero deberá realizarse antes del 31 de enero de 2027.
Después del primer periodo, las rendiciones y publicaciones deberán ajustarse a los plazos generales establecidos en la Resolución MEF N.º 337. El objetivo del mecanismo es concentrar los registros administrativos y las obligaciones de transparencia dentro de una plataforma digital.