
Según lo informado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Instituto de Previsión Social, desde el 1 de abril se aplicará una nueva disposición que permitirá incorporar de oficio al sistema previsional a trabajadores que sean detectados sin inscripción durante fiscalizaciones laborales.
La medida fue aprobada mediante la Resolución C.A. N.º 016-006/2026 y habilita al IPS a iniciar el proceso administrativo correspondiente aun cuando el empleador no haya realizado previamente el trámite de registro.
La normativa establece que, cuando una inspección laboral confirme la existencia de empleados no incorporados al sistema, el IPS podrá avanzar con la inscripción administrativa, la determinación de aportes y la emisión de planillas complementarias.
De esta manera, las actuaciones realizadas durante los controles pasarán a tener un efecto directo en la regularización previsional de los trabajadores alcanzados.
Con este mecanismo, el proceso ya no dependerá exclusivamente de una gestión previa por parte del empleador para que el caso empiece a ser tratado por la previsional.
A partir de la constatación hecha en una fiscalización, podrá activarse el procedimiento que permita incorporar a los trabajadores al sistema de seguridad social y establecer las obligaciones correspondientes en materia de aportes.

La disposición indica que, una vez detectados trabajadores no inscriptos, el Ministerio de Trabajo deberá remitir los informes al IPS en un plazo de cinco días hábiles contados desde la emisión del informe técnico.
Luego de eso, se desarrollará un procedimiento administrativo que contempla el análisis técnico y jurídico de los antecedentes, la identificación de los trabajadores afectados, la determinación de aportes y, cuando corresponda, la aplicación de sanciones previstas en la normativa vigente.
Desde las instituciones involucradas señalaron que la resolución apunta a vincular de forma más directa la tarea de fiscalización laboral con la regularización ante el sistema previsional.