La Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) oficializó la autorización para el uso de neumáticos súper anchos en ómnibus, según lo establece la Resolución N.º 869/25. La información se desprende de un comunicado emitido por la institución.
El documento permite que los buses de media y larga distancia empleen este tipo de neumáticos en ejes delanteros, siempre que estén acompañados de sistemas de suspensión neumática y amortiguadores.
Con esta disposición, se fija un límite máximo de 7 toneladas por eje delantero, en línea con acuerdos del Mercosur y estándares internacionales, según indicó la cartera estatal.
La resolución también introduce definiciones normativas para ejes simples, dobles y triples, y distingue entre neumáticos convencionales y los súper anchos.
El marco aprobado incluye Pesos Brutos Totales (PBT) permitidos de acuerdo con cada combinación de ejes.
En el caso de un bus simple con dos ejes de ruedas súper anchas más un conjunto de ejes dobles con ruedas mixtas, se habilita un peso de hasta 25 toneladas.
Todos los ómnibus que circulen por rutas nacionales deberán someterse a controles obligatorios de pesaje en básculas autorizadas. Si los vehículos superan los valores máximos establecidos, se aplicarán multas conforme a la Ley N.º 5016/2014.
Asimismo, la evasión de controles será considerada infracción, con sanciones estipuladas en el marco legal vigente.
Previo a la oficialización del documento, el MOPC realizó un periodo de prueba con buses equipados con neumáticos súper anchos, a fin de evaluar su factibilidad.
A partir de los resultados, se consolidó un régimen técnico que establece criterios uniformes para fiscalización.