
El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 6120, impulsado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), para establecer medidas adicionales de optimización, priorización y gestión del gasto público dentro del Presupuesto General de la Nación 2026.
La disposición se da en un contexto de presión sobre las finanzas públicas por la menor recaudación y las deudas acumuladas, factores que ponen bajo seguimiento el cumplimiento de la meta fiscal prevista.
El decreto establece criterios para evitar el aumento de gastos no prioritarios y la generación de compromisos sin respaldo financiero.
Entre los puntos principales se dispone priorizar recursos destinados a salud, educación, seguridad y programas sociales, con el objetivo de garantizar la continuidad de servicios considerados esenciales.
También se establece el uso prioritario de recursos institucionales, fuente 30, antes de recurrir a recursos del Tesoro, fuente 10.

La normativa incorpora restricciones sobre gastos operativos, compras de bienes no esenciales, equipamientos de oficina, servicios de catering y nuevas inversiones que no sean consideradas prioritarias.
En el caso de ceremonial, catering y eventos, el decreto suspende llamados, adjudicaciones y pagos para provisión de almuerzos, bocaditos y bebidas, salvo excepciones específicas.
Las excepciones alcanzan a servicios de alimentación para personal sanitario, servicios de salud, beneficiarios de programas sociales y trabajadores vinculados directamente a procesos de producción de bienes y servicios.
El decreto también exceptúa la provisión de catering para eventos internacionales en los que Paraguay sea anfitrión.
Además, incluye al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), exclusivamente para la provisión de alimentos durante jornadas electorales al personal administrativo afectado, apoderados, integrantes de mesas receptoras de votos y veedores.
Durante la vigencia de la medida, los organismos y entidades del Estado no podrán iniciar contrataciones ni adjudicaciones para compra de inmuebles, tierras y terrenos.
Tampoco podrán llamar a construcción de obras de uso institucional que no sean prioritarias. Quedan exceptuados el Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat y el Instituto Nacional de Desarrollo Rural.