
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) recordó que las organizaciones sin fines de lucro alcanzadas por la Ley N.° 7363/2024 deben completar su inscripción en el Registro Administrativo a través del Sistema Integrado de Administración de Recursos (SIARA) antes del 1 de abril de 2026.
La disposición forma parte del marco regulatorio vigente que establece obligaciones específicas para este tipo de entidades.
El trámite aplica a organizaciones que, de manera simultánea, participen o incidan en políticas públicas y administren recursos, ya sean públicos o privados, tanto a nivel nacional como internacional.
Las entidades ya existentes cuentan con un plazo de 90 días corridos desde la implementación del sistema, mientras que aquellas que se constituyan posteriormente disponen de 30 días para completar el proceso.
El registro exige la presentación de documentación a través del SIARA, donde se deberá acreditar la información requerida por la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales.

Además, las organizaciones alcanzadas deberán cumplir con obligaciones de rendición de cuentas en los casos en que administren fondos públicos.
Entre las entidades obligadas se encuentran organizaciones sociales, sindicales, estudiantiles, comisiones vecinales y otras que participen en programas o acciones vinculadas al Estado.
Quedan excluidos organismos internacionales, partidos políticos, movimientos religiosos y aquellas organizaciones que no administren recursos públicos.
La ley que regula este sistema fue promulgada en 2024 y reglamentada posteriormente, estableciendo el funcionamiento del registro obligatorio.