
La Superintendencia de Valores determinó la suspensión automática de cinco sociedades emisoras para realizar colocaciones en el mercado primario, después de detectar incumplimientos en la presentación de la información periódica correspondiente al cierre del 30 de junio de 2026. La medida fue aplicada el 17 de agosto.
La restricción alcanza a nuevas colocaciones de acciones y bonos mientras permanezca pendiente la documentación exigida por la normativa del mercado de valores. La obligación está contemplada en la Resolución SV. SG. N.º 0022/2024.
Entre las sociedades señaladas figuran Consultora Integral para Desarrollo Empresarial S.A. (CIDESA), Más Fértil S.A., Electrogrupo S.A.C.I., Janz & Janz S.A. y Colonizadora San Agustín S.A.E.C.A.
En todos estos casos, el motivo informado es el mismo, la falta de presentación de la información periódica trimestral con datos al 30 de junio de 2026.

La decisión no implica simplemente una observación administrativa. Mientras se encuentre vigente, las empresas alcanzadas no pueden colocar en el mercado primario nuevas acciones ni bonos correspondientes a emisiones de sociedades emisoras.
La medida se aplica de manera automática frente al incumplimiento de las obligaciones de información establecidas para quienes participan como emisores dentro del mercado paraguayo.
Los registros de la Superintendencia muestran que Más Fértil, Electrogrupo, Janz & Janz y Colonizadora San Agustín ya habían recibido suspensiones durante 2026 vinculadas con información periódica de otros cierres. En varios casos aparecen antecedentes relacionados con los reportes de marzo de 2026 y diciembre de 2025.
CIDESA también registra una suspensión anterior por el incumplimiento de la documentación correspondiente al 31 de marzo de 2026.
Las sociedades registradas en el mercado deben entregar periódicamente documentación financiera dentro de los plazos establecidos. En este caso, la nueva medida está directamente relacionada con los informes trimestrales correspondientes al segundo trimestre de 2026.
La restricción sobre nuevas emisiones permanecerá vinculada al cumplimiento de las obligaciones de información exigidas dentro del régimen del mercado de valores.