El Banco Central del Paraguay (BCP) comunicó una nueva actualización del Reglamento de Transparencia y Criterios Mínimos para el Cobro de Comisiones, Gastos y Penalidades en el sistema financiero, según consta en el documento oficial.
La medida forma parte del proceso de ajustes normativos que la institución realiza desde 2015.
Entre los cambios principales se establece la prohibición de incluir cláusulas de irrevocabilidad en los contratos de débitos automáticos.
De esta manera, se anulan disposiciones que permitían seguir descontando un servicio incluso cuando el cliente ya no lo utilizaba.
Además, se incorpora la posibilidad de que los usuarios soliciten la suspensión o revocación del débito automático en cualquier momento, ampliando las alternativas de gestión de este tipo de operaciones.
El reglamento también suma obligaciones relacionadas con operaciones de crédito. A partir de ahora, cada transacción deberá contar con un número identificador único, que deberá figurar en todos los documentos vinculados, incluidos los pagarés.
Las entidades estarán obligadas a cancelar los documentos originadores de la operación una vez liquidado el crédito, con el fin de evitar que queden en circulación papeles que puedan derivar en reclamos posteriores.
La actualización busca adaptar las exigencias regulatorias a la dinámica actual del mercado financiero y a la evolución de los servicios.
Con esta disposición, el BCP refuerza el marco normativo vigente en materia de transparencia en el cobro de comisiones y penalidades.